SE APROBÓ LA CREACIÓN DE PARQUES LINEALES INUNDABLES

El Concejo Deliberante de La Plata, presidido por Ileana Cid, aprobó hoy en la sesión ordinaria número 13, la creación de Parques lineales inundables, mediante la modificación del Código de Ordenamiento Urbano Territorial, que busca proteger los arroyos y prevenir inundaciones.
De esta forma, se incorpora la noción de parque lineal inundable para aquellas parcelas linderas a los arroyos en las cuales no se puede construir y que serán destinadas a actividades recreativas.

Mediante la modificación del artículo 28 de la Ordenanza 10.703, que establece las zonas y sectores especiales, se establece que “son ámbitos territoriales que por sus particulares características físicas o funcionales se encuentran sujetas a diferentes intervenciones, tales como: preservación, protección, recuperación, etc. Incluyen ámbitos afectados por un uso específico, cuya identidad, significación o dimensiones hace que no sean asimilables a las zonas adyacentes y puedan pertenecer a distintas áreas comprenden las zonas de Preservación Patrimonial, zonas de Arroyos y Bañados, zonas de Recuperación territorial, zonas de Usos específicos, zonas de Esparcimiento, los Sectores de Arroyos y Bañados y Zona Parque lineal inundable”.

A su vez, se incorporó el artículo 32 bis, que establece como Zona de Parque Lineal Inundable a “ámbitos territoriales a la vera de los arroyos destinados a la actividad recreativa ociosa o activa con el equipamiento adecuado a dichos usos”.

También se agregó el artículo 181 bis a la Ordenanza 10.703 el cual establece que: “La zona de Parque lineales inundable regulada como una zona de Esparcimiento especial, comprende ámbitos territoriales a la vera de Arroyos destinados a la actividad recreativa ociosa o activa con el equipamiento adecuado a dichos usos, pudiendo estar localizados en cualquiera de las áreas”.

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